Reflexiones – Rossy Quishpe Vargas:
En el presente documento y a partir de la construcción de un modelo colativo, se ilustra la relevancia de la globalización, y su relación con el desempeño de las empresas transnacionales en América Latina. Con este anteceden- te, se de ende la necesidad de reestablecer políticas públicas que fortalezcan un marco institucional equitativo, democrático e inclusivo. Asimismo, se reflexiona respecto al beneficio que traen consigo los Tratados de Cooperación (TC). Con este objetivo y amparados en el Análisis Costo-Beneficio de las normas(ACB), se presenta como ejemplo preliminar una evaluación jurídico – económica de los Tratados Bilaterales de Inversión (TBI). La aplicación del ACB refuerza la necesidad imperante de introducir un diseño normativo orientado a la igualdad y que a diferencia del prevaleciente en la actualidad, no tenga como finalidad defender únicamente los intereses de los inversionistas privados, favoreciéndoles de esta manera, en la obtención de beneficios, sin mediar repercusiones en la sociedad civil.
INTRODUCCIÓN
El presente artículo utiliza un método descriptivo a través de un modelo metodológico colativo y a partir de un enfoque teórico-conceptual adscrito a la Teoría de Costos de Transacción (TCT), los pe- sos y contrapesos propios de la suscripción de un Tratado Bilateral de Inversión.
La Teoría de Costos de Transacción (TCT)1, según la obra de Williamson (1991) señala:
“el intercambio se define por un contrato que establece los derechos de propiedad acerca de lo que se intercambia, por esto los contratos son la manera en que la economía determina la magnitud de los costos de transacción”. Bajo este pensamiento, en palabras de North (1990) añade: “que son costos asociados a establecer, supervisar y hacer cumplir contratos”. Esta conceptualización, trae inmerso costos de ejecución de contratos, lo cual es concordante con las siguientes fuentes “(…) características o dimensiones de una transacción que hacen el intercambio problemático o sumamente costoso y especificar el mecanismo de gobierno que puede coordinar de la manera más eficiente la transacción, de manera que se logren economizar dichos costos” (Jones, 1987). Según el contexto, los costos de transacción emanan de un desacuerdo de voluntades, frente a un con-
trato en ejecución. Es, así, que el diseño de las estructuras de los costos de transacción debe orientarse a buscar beneficios mutuos de igualdad para las partes.
El paper se encuentra dividido en tres secciones. En la primera se describe la relación entre la globalización y el poder económico de las transnacionales en América Latina, configurándose la hegemonía del capitalismo neoliberal a nivel mundial, surgiendo el “libre mercado”. En la segunda parte recurriendo al análisis del costo-benecio de las normas (ACB), se presenta como ejemplo una evaluación jurídico – económica de carácter preliminar de los TBI ́s. La aplicación del ACB refuerza la necesidad de introducir un diseño normativo igualitario, y que a diferencia del prevaleciente en la actualidad no defienda únicamente los intereses de los inversionistas privados, favoreciéndoles en la obtención de beneficios, sin mediar repercusiones en la sociedad civil.
Frente al tema propuesto, se cuestiona: ¿Qué limita el fortalecimiento institucional? Final- mente, la tercera sección desarrolla un ejemplo de mecanismo para resolver disputas surgidas en materia de protección de inversiones, entre un inversionista extranjero y el Estado con- tratante dentro del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI). Frente a ello, el nuevo marco Constitucional ecuatoriano, acentúa el riesgo legal, riesgo de inversión y, con ello el costo de transacción para los inversionistas, además, una aproximación a la teoría del principal agente a partir del caso OXY.
I.- Globalización y el Poder Económico de las Transnacionales
I.1 La Globalización
De acuerdo con Santos (1997), la globalización hace alusión al: “(…) proceso a través del cual una determinada condición local amplía su ámbito a todo el globo y, al hacerlo, adquiere la capacidad de designar como locales las condiciones o entidades rivales”. Esta definición se adhiere a un marco teórico que parte de las luchas contrahegemónicas y el juego de fuerzas como modelo analítico. En este sentido, Lascurai (2013) establece que los principales elementos de la globalización, son: “la apertura comercial, inversión extranjera directa y movilidad de capitales” mismos que pueden afectar a los Esta- dos nación. A partir de esta premisa se propone una labor de reingeniería de la gobernanza global que permita mejorar las políticas públicas y asegurar una mejor inserción en la economía mundial3. Por lo tanto, es posible sostener que: “los gobiernos deben generar confianza y asumir políticas de competitividad con carácter inclusivo que permitan modernizar y armonizar sus marcos institucionales”, según la opinión de Palacios (2010).
Es necesario entender de manera clara la conceptualización, contenido y fin específico de las políticas públicas en cuanto a su inserción en la globalización. Es decir, que ambas bus- can lograr un desarrollo real de los países para beneficio de la población. A partir de una concepción histórica, Duarte (2015) concluye: “(…) la globalización es una globalización capitalista, que además contempla principios de liberalismo clásico, llamado «globalización neoliberal». Estos principios fueron plasmados a modo de recomendaciones de reforma estructural e institucional a través del denominado Consenso de Washington.
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