NJ-143 mayo-2018
María del Carmen Vera Rivera
Se puede armar que la delincuencia económica fue objeto de estudio primeramente de la Criminología, para luego pasar a ser objeto de la Ciencia penal y para al final, ser regulada en las diferentes legislaciones penales, entre las que cabe citar el ordenamiento ecuatoriano. Si bien es cierto que la fundamentación jurídico penal y la criminológica no tienen relación por lo distinto de los métodos y objetos de estudio de estas ciencias, sin embargo, se puede señalar que quien se ocupa del Derecho penal, tiene que conocer junto a las normas jurídico-penales y su interpretación, además, la criminalidad y el delito. En este marco, se observa que la moderna estructura de la sociedad: el paradigma del riesgo y el carácter complejo de las estructuras sociales ha condicionado también la aparición de un moderno andamiaje jurídico en el ámbito mercantil-societario, que suscita a su vez, nuevas exigencias de protección normativa en el ámbito de los delitos económicos. A esta realidad social y normativa atendemos en este trabajo.
It can be said that economic crime was the object of study primarily of Criminology, to later become the subject of Criminal Science and, in the end, to be regulated in the different penal legislations, among which we can mention the Ecuadorian legal system. Although it is true that criminal legal and criminological foundations are not related to the different methods and objects of studies in these sciences, however, it can be pointed out that those who deal with criminal law must know together with the norms legal-criminal and its interpretation, in addition, criminality and crime. In this framework, it is ob- served that the modern structure of society: the paradigm of risk and the complex character of social structures has also conditioned the emergence of a modern legal scaffolding in the commercial-societal eld, which in turn raises new regulatory protection requirements in the eld of economic crimes. We deal with this social and regulatory reality in this work.
Ver el artículo completo en: https://www.novedadesjuridicas.com.ec