La Carta Rogatoria es también conocida como «Comisión Rogatoria» o «Exhorto Internacional», es un medio de comunicación procesal entre autoridades que se encuentran en distintos países y que se utiliza para practicar diversas diligencias en que el juez del conocimiento no tiene jurisdicción.
Estas diligencias serán procesadas en virtud de lo que solicita un juez que formula el exhorto a otro juez o autoridad de igual jerarquía con el fin de que se practique ante este el desahogo de una notificación de documentos o citación de personas, emplazamientos a juicios, etc, y que recurren a ello, en virtud de que por cuestiones de jurisdicción, tienen un limitante en cuanto a su ámbito de competencia espacial ya que no pueden actuar más que en el territorio que les circunscribe.
Lo anterior que sustenta en base a las diversas convenciones o tratados internacionales en los que se contemple la tramitación de las rogatorias, y a falta de ello, en base a la reciprocidad internacional.
Convención Interamericana de Exhortos o Carta Rogatoria
Firmada en Panamá el 30 de enero de 1975, publicada en el Registro Oficial 153-S (21-XI-2005)