NJ 143 – mayo 2018
Ernesto Albán Gómez
En los países europeos y americanos, las leyes electorales, que fueron redactadas por hombres, concedían el derecho al sufragio solamente a los hombres, y no a todos, pues apenas votaba el veinte por ciento, debido a las numerosas restricciones. Pero el tema que nos interesa ahora tiene que ver con las acciones que, en muchos lugares del mundo, desplegaron las mujeres para obtener su derecho al voto. Las iniciativas, las gestas, las proezas más conocidas las desarrollaron las llamadas sufragistas.
Inglaterra fue el escenario de las primeras “batallas”. Ya a mediados del siglo XIX surgieron organizaciones sufragistas, que reclamaban el voto para las mujeres y la eliminación de otras normas discriminatorias. En 1868, el filósofo John Stuart Mill, miembro de la Cámara de los Comunes, presentó la propuesta del voto femenino, firmada por 1500 mujeres, la misma que fue rechazada abrumadoramente.
Los antisufragistas opinaban que “las mujeres estaban representadas por sus maridos y que, por otra parte, eran extremadamente influenciables por ellos, de manera que concederles el sufragio equivaldría a dar dos votos al esposo. Peor aún: en el caso de que defendieran causas distintas, se sembraría la discordia en los hogares. Por otro lado, el derecho al voto sería solo el principio: si las mujeres empezaban a votar, pronto querrían ser diputadas y miembros del gobierno. Y eso sería perjudicial tanto para los intereses de la nación como para la salud de sus mujeres, que probablemente se resentiría a causa de la intensa actividad propia de la política”.
A comienzos del siglo XX la protesta se tomó las calles de Londres y de otras ciudades; se produjeron graves incidentes; muchas mujeres fueron detenidas y algunas se declararon en huelga de hambre y fueron alimentadas a la fuerza; Emily Davidson, una de las líderes, murió atropellada por un caballo en el derby de Epsom, cuando intentaba poner una pancarta en la pista. Las manifestaciones eran cada vez más multitudinarias.
Se consiguieron algunos avances: se concedió el voto a las mujeres casadas mayores de treinta años en las elecciones locales. Solo en 1928 el Parlamento reconoció el voto a las mujeres en igualdad con los hombres.
También en los Estados Unidos en el siglo XIX los movimientos sufragistas empezaron en las calles sus reclamos. Un paso fundamental se produjo en 1869, cuando el estado de Wyoming concedió el voto a la mujer, luego lo hicieron otros estados y en 1917 eran dieciséis los que lo habían hecho. Pero eran muchos más los que no lo reconocían. Hacía falta una norma constitucional expresa. En 1918, el presidente Wilson la propuso, se siguió el largo y complejo trámite (aprobación en las dos cámaras y aprobación por las legislaturas de las tres cuartas partes de los estados) y finalmente, en 1920, se convirtió en la XIX enmienda constitucional: “El derecho de sufragio de los ciudadanos de Estados Unidos no será desconocido ni limitado por razón de sexo”.
En Francia, en plena Revolución (1789) Olympe de Gouges publicó la Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana, pues consideraba que la Declaración oficial de la Revolución excluía a las mujeres. Propuso el siguiente texto: Art. 1: “La mujer nace libre y permanece igual al hombre en derechos”. Sin embargo, solo en 1944, el General Charles de Gaulle, comandante del ejército francés de Liberación Nacional, firmó la Ordenanza de Argel estableciendo el derecho de la mujer a elegir y ser elegida.
La Constitución de la República Española estableció en 1931 el voto de la mujer, con la dura oposición de diputadas izquierdistas que alegaban que el voto femenino era mayoritariamente derechista. Los países latinoamericanos lo fueron haciendo a lo largo del siglo XX. Uruguay fue el primero en 1917, Argentina en 1945, gracias a la intervención de Eva Perón; Colombia en 1954; México y Perú en 1955, el último fue Paraguay en 1961.
El caso del Ecuador merece ser tratado separadamente.