Análisis- Alfonso Zambrano Pasquel
Hace mucho tiempo que nos hemos inclinado por sostener que la pena es un mal que le impone el Estado a un ciudadano que ha irrogado otro mal a un bien jurídico, que es merecedor de protección penal.
Sin embargo hay que encontrar respuestas a porque se impone la pena? y para que se la impone? Podemos incluso debatir en el campo filosófico y hasta religioso sobre su legitimidad. Se puede admitir una primera aproximación a partir de su justificación, de su sentido y de su fin. Aparece como justificada porque es un me- dio de represión indispensable para mantener las condiciones de supervivencia de una sociedad. Sin la pena la convivencia humana sería una catástrofe, y regresaríamos al periodo de la venganza privada. Para abordar el sentido y fin de la pena debemos aproximarnos a la llamada lucha de Escuelas de gran discusión en la llamada Ciencia del Derecho Penal. Se hace una distinción entre teorías absolutas, teorías relativas y teorías eclécticas llamadas también de la unión o teorías mixtas1.
Las teorías de la pena
Las teorías absolutas participan fundamentalmente del concepto de la retribución, es decir que se debe imponer la pena como la respuesta justa a quien ha causado un mal (ha cometido un delito). Aquí se atiende al sentido de la pena sin importar el fin. Podemos decir que la pena es un mal por el mal causado. Si buscamos un baremo de lo justo y necesario podemos fácilmente caer en la legitimación de la pena de muerte si le agregamos a la retribución el principio de la proporcionalidad. Hay que tener el cuidado debido en este tema, porque si el monto de la pena tiene que guardar correspondencia con la gravedad del mal causado entonces fácil- mente los partidarios del patíbulo levantarán la bandera de la pena capital. Somos contrarios por supuesto a la pena de muerte, y de allí surge nuestra preocupación.
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