Alexandra Ayabaca
Se define a la patria potestad como el conjunto de derechos y obligaciones que tienen los padres de familia sobre sus hijos no emancipados.
Los hijos de cualquier edad, no emancipados, se llaman hijos de familia; y los padres, con relación a ellos, padres de familia (ART 283. CC).
La suspensión de la patria potestad es la pérdida temporal del ejercicio de derechos y obligaciones sobre el hijo de familia.
De lo expuesto se coligen los siguientes elementos:
- La existencia de una causa legal determinada.
- Solicitud dirigida al Juez.
- Legitimación activa, y;
- Resolución del Juez concediendo o rechazando la solicitud.
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